ACTORES AMBIENTALES
- CONSEJO AMBIENTAL MUNICIPAL
COORDINADOR DE LA POLITICA AMBIENTAL DEL MUNICIPIO-SIGAM
- MIEMBROS DEL CONSEJO
- El Alcalde Municipal o su delegado quien lo presidirá
- El secretario del medio ambiente (o quien Haga sus veces)
- El Secretario de Planeación Municipal
- El secretario de Salud Municipal
- Representante de Juntas de Acción Comunal
- Representantes de Acueductos Veredales
- MIEMBROS DEL CIDEA E INVITADOS
- Un Representante de la Corporación Autónoma Regional
- Un Representante del Ministerio de Medio Ambiente
- Un Alcalde de los Municipios circunvecinos.
- Un Representante de la UMATA Municipal
- Un Representante del sector Privado y gremios.
- FUNCIONES
- Asesorar a la secretaría del Medio Ambiente para la formulación y fijación de la política Ambiental del Municipio.
- Proponer mecanismos institucionales, financieros y técnicos que sean necesarios para el fortalecimiento y coordinación de las entidades pertenecientes al SIGAM y para la coordinación de éste con las demás entidades del Municipio.
- Recomendar las medidas que permitan armonizar las regulaciones y decisiones ambientales con la ejecución de los proyectos de desarrollo económico y social de manera tal que se asegure su sostenibilidad y se minimicen sus impactos negativos.
- Proponer por conducto del Alcalde al Concejo Municipal, las recomendaciones que considere pertinentes para adecuar el uso del territorio del Municipio con los planes, programas y proyectos aprobados.
- Recomendar las medidas pertinentes que aseguren la coordinación de las actividades que adelanten las entidades municipales con las entidades que integran el Sistema Nacional Ambiental, en especial con la CAR y con las entidades territoriales circunvecinas
- Promover la conformación de comités técnicos y/o jurídicos en los que participen funcionarios de las entidades pertenecientes al Municipio, la CAR y/o las entidades territoriales circunvecinas, para adelantar la evaluación y el seguimiento de los planes, programas o proyectos q en materia ambiental interesen al municipio.
- Recomendar al Concejo Municipal a través del alcalde municipal, previo concepto favorable expedido por la secretaria del medio ambiente, la expedición de las normas necesarias para garantizar el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del Municipio.
- Servir de órgano de enlace entre la administración municipal, el sector privado, la academia y las organizaciones sin ánimo de lucro.
- Sugerir las prioridades sobre los programas y acciones que en materia ambiental se deben adoptar y desarrollar por parte del gobierno municipal.
- Recomendar a la Autoridad Ambiental competente la adopción de decisiones en materia de prevención, control o mitigación de los impactos ambientales generados por las diferentes actividades productivas del Municipio.
- Recomendar las medidas pertinentes para estimular por parte de la administración
- municipal la adopción y el desarrollo de tecnologías más limpias y fomentar la creación de una cultura ambiental por parte de los habitantes del municipio.
